Las Gasolineras y Estaciones de Servicio requieren por ley de la instalación de cajas fuertes homologadas de grado IV según la Norma UNE-EN 1143-1, las cuales deberán contar con un sistema de cierre mínimo de doble llave y con un buzón antipesca o tolva para posibilitar la entrada de dinero sin necesidad de abrir la caja.
Si el peso de la caja fuerte es inferior a 2.000 kg deberá anclarse mediante sistemas homologados sujetos a la Norma UNE 108136, excepto circunstancias especiales en las que dicho anclaje no sea viable. En tal caso deberán tomarse medidas de seguridad alternativas.
En la orden INT/317/2011 se encuentran todas las medidas de seguridad complementarias que deben cumplirse en cada tipo de establecimiento. Algunas de ellas, como puertas blindadas, pueden encontrarse también en esta sección.
Si tienes alguna duda o consulta o no encuentras la caja fuerte del tamaño o las características que buscas, escríbenos a contacto@cajas10.com o llámanos al 91 005 38 50. Te informaremos y aconsejaremos sobre los modelos y materiales que más te convengan.
Estaremos encantados de ayudarte.